El Pais Uruguay

INAU obligó vacunación para niño de 9 años

■■ El Directorio del INAU resolvió ayer la vacunación obligatoria contra el covid19 a un niño que estaba a cargo del organismo y que era atendido por una cuidadora de Paysandú, que se oponía a la inoculación.

La cuidadora, que integra el programa de acogimiento familiar del INAU, envió una carta a la institución donde planteaba que la ley 18.335 establecía que cualquier procedimiento médico debía ser con consentimiento informado y con receta u orden de un médico pediatra.

A juicio de la cuidadora, esa orden de un facultativo le daría garantías de que el niño a su cargo “no va a tener razones adversas a la inoculación”.

En la misiva, la cuidadora dijo que también se amparaba en los derechos del niño, ya que éste había decidido no vacunarse contra el covid-19.

La carta tenía anexada una nota de un médico pediatra: “Contraindico la vacunación anti covid-19 al niño. Baso mi recomendación en los fundamentos del informe del Comité de Farmacología y Terapéutica de la Sociedad Uruguaya de Pediatría, y los múltiples reportes sobre los efectos colaterales (de la vacunación) y sobre el bajo riesgo de complicaciones de la infección por covid-19 en este rango etario (menores de 18 años)”.

El Directorio del INAU recibió dos informes técnicos que aconsejaban la vacunación del niño. Uno de ellos, elaborado por la Dirección de Salud del organismo, señala que el MSP y un equipo de expertos aconsejaron la vacunación contra el covid19 a menores de edad. Un segundo informe, redactado por la Asesoría Legal del INAU, dice que “no se visualizan razones atendibles” desde el punto de vista jurídico ni médico para rechazar o restringir la posibilidad de amparar al niño en su derecho a la protección de su salud, “contemplado en la posibilidad de acceder a su inmunización por la vía del plan de vacunación que el Estado promovió en todo el país”. Ante estos dos informes, el Directorio del INAU decidió que debía procederse a la vacunación del niño y ordenó a la Dirección de Paysandú que controlara el cumplimiento de la medida dispuesta.

Consultado por El País sobre el caso, el director del organismo, Pablo Abdala, respondió: “Lo que hicimos fue cumplir con la ley. Corresponde al Estado y al INAU la tutela del niño y no a quienes actúan por recomendación del organismo como unidades de acogimiento familiar”.

NACIONAL

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2022-05-13T07:00:00.0000000Z

2022-05-13T07:00:00.0000000Z

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