El Pais Uruguay

IRPF: cómo cambian mínimo no imponible y franjas

El Ejecutivo ajustó la Base de Prestaciones y Contribuciones

Desde 2012 y hasta el 2020, el Poder Ejecutivo ajustó en cada 1º de enero la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), con la que se definen los mínimos y franjas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) entre otros, según la evolución de la inflación.

En 2021 con el cambio de gobierno, se modificó el criterio de ajuste y el año pasado la BPC se actualizó en base al Índice Medio de Salarios (IMS). Para 2022 el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) resolvió mantener ese criterio de ajustar por la evolución de los salarios, según informó el Observador y confirmó El País. El decreto del Poder Ejecutivo, indicó que la BPC se ajustó 6,03% por lo que pasa de $ 4.870 a $ 5.164.

¿Cómo queda entonces el mínimo no imponible del IRPF y las diferentes franjas? El mínimo no imponible del IRPF, que equivale a siete BPC mensuales, aumenta de $ 34.090 a $ 36.148. Esto indica que los ingresos laborales nominales menores a ese valor en el mes estarán exonerados de pagar IRPF. En realidad, al considerar las deducciones, salarios mayores también quedan exonerados de pagarlo.

El IRPF es un impuesto progresional que grava con distintas tasas incrementales a diferentes tramos de ingresos laborales, que se determinan en base a las BPC y que se modifican desde el 1° de enero.

La primera franja de aportes que va de $ 36.148 a $ 51.640, está gravada al 10% solamente en el tramo de ingresos mencionado. En el otro extremo, a las personas con salarios desde $ 593.860 se le aplican todas las tasas en los tramos correspondientes y por el segmento de ingresos superior a ese monto pagan 36%.

El mínimo no imponible también se ajusta para aquellos contribuyentes que optan por tributar IRPF como núcleo familiar. En este caso, si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo nacional por mes ($ 19.364), tendrán como umbral el equivalente a 14 BPC mensuales, que son $ 72.296. Mientras que si solo uno de los integrantes percibe más de un salario mínimo, el umbral de aportes es ocho BPC mensuales que son $ 41.312.

Una de las deducciones que pueden realizar los contribuyentes es por tener hijos a cargo menores de 18 años, que aumentan su valor por el ajuste de la BPC de $ 5.276 a $ 5.594. Si la persona tiene a su cargo hijos con discapacidad (sin importar la edad) el beneficio sube de $ 10.552 a $ 11.189.

También sube el tope a la deducción que puede hacerse por el pago de cuotas hipotecarias, que aplica siempre que el valor de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (UI) $ 4.098.310 a valores de hoy, unos US$ 91.983. Según la normativa, el monto total deducible no puede superar las 36 BPC anuales, que pasarán a ser $ 185.904, es decir el máximo de cuota deducible es de $ 15.492 por mes.

También se modifica el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) que pagan los jubilados. Con retroactividad al 1° de enero, el monto aumenta de $ 38.960 a $ 41.312 (ocho BPC mensuales), por lo que todas las pasividades por debajo de ese umbral estarán exoneradas del tributo.

ECONOMÍA

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2022-01-14T08:00:00.0000000Z

2022-01-14T08:00:00.0000000Z

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